· Auxiliar al Presidente y a los Secretarios de la Directiva de la Legislatura en el ejercicio de sus funciones;
· Coordinar las actividades de las áreas administrativas a su cargo;
· Acordar con el Presidente de la Junta de Coordinación Política el despacho de los asuntos de su competencia;
· Proporcionar los servicios de apoyo necesarios para la celebración de sesiones de la Legislatura, de la Diputación Permanente, de la Junta de Coordinación Política y de las reuniones de trabajo de las comisiones y comités;
· Formular y preparar la documentación que se requiera para el funcionamiento del proceso legislativo;
· Presentar para su firma las resoluciones y correspondencia del presidente y Secretarios de la Legislatura y de la Diputación Permanente, así como remitir en tiempo y forma las leyes, decretos o acuerdos para su promulgación y publicación;
· Proporcionar a las comisiones, comités, grupos parlamentarios y diputados en particular, los apoyos, atención y documentación que requieran, para el adecuado cumplimiento de sus funciones legislativas;
· Atender los servicios de estenografía y/o taquigrafía, grabación, sonido y cualquier otro mecanismo técnico autorizado;
· Cuidar y conservar el archivo histórico y biblioteca de la Legislatura;
· Coadyuvar en la vigilancia de la impresión, publicación y distribución del "Diario de Debates" y de la "Gaceta Parlamentaria";
· Llevar libros de control para el despacho de los asuntos de recepción y remisión de documentos, en los que se asienten los documentos recibidos por la Oficialía de Partes;
· Turnar de inmediato a sus destinatarios la correspondencia que reciba;
· Llevar el control de expedientes, iniciativas, leyes, decretos y acuerdos que expida la Legislatura;
· Formar la colección de decretos y leyes que se publiquen en los Periódicos Oficiales de la Federación y del Estado;
· Coordinar y supervisar las actividades realizadas por los Secretarios Técnicos de las comisiones legislativas y comités en apoyo a sus integrantes;
· Coordinar y supervisar las actividades realizadas por la Coordinación Jurídica de la Legislatura; y
· Las demás que le señale la Directiva de la Legislatura, la Diputación Permanente, la Junta de Coordinación Política y la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos.